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Propiedad Intelectual de la publicidad (II)

FACCE
Tuesday, May 3, 2011

Durante esta segunda parte en la serie de capítulos que abordaremos el tema de la propiedad intelectual en la publicidad, veremos las formas que disponemos de proteger la publicidad frente a terceros. Toda creación, una vez es divulgada, es susceptible de ser copiada o apropiada por un tercero y ser usada en su favor, aunque esta se encuentre protegida desde su nacimiento. Existe una serie de formulas que ayudarán a proteger dichas ideas que forman parte de los activos de cualquier empresa.



Toda publicidad va englobada en una marca, que representa la identidad de la empresa y puede estar formada por logotipos, palabras o imágenes. Dicha marca puede ser registrada, evitando de esta forma una posible copia y demostrando legalmente su legitimidad. En España debemos acudir al Registro de Marcas y Patentes.



Con el nacimiento de Internet, se abren otras posibilidades para las empresas. Desde hace unos años los nombres de dominio están considerados una parte más de una marca o producto, y estos se costean alto. Las disputas entre las posesiones o robos de los mismos comienzan a ser rutina para algunas empresas que dependen totalmente de su dominio y posición en Internet. Puede ser el caso de las start-ups. Es vital para cualquier empresa saber gestionar bien un dominio, ya que supone abrirse a una relación más cercana con el cliente o usuario. Por ello, debemos adelantarnos y registrar nuestro nombre de dominio como marca antes de que se nos adelanten.



Otra forma que utilizan las empresas es hacer uso de la marca de forma sistemática a lo largo del tiempo. De este modo se aumenta el carácter identificativo y exclusivo de la misma, aumentando con el tiempo su valor.



Si nuestra empresa decide encargar la campaña publicitaria o anuncio a una empresa de publicidad o tercero, debemos asegurarnos que tengamos firmados con ellos un acuerdo de confidencialidad que garantice, por un lado, el secreto del tipo de información a la que estos pueden acceder de la empresa, y por otro, la exclusividad de esa campaña hacia nuestra empresa.



Estas pueden ser algunas de las formas de las que disponemos para proteger nuestras ideas creativas frente a terceros que intenten aprovecharse de ellas. No obstante, no debemos olvidar que la propiedad intelectual protege toda idea desde que consta plasmada, garantizando al autor el goce de una serie de derechos morales y patrimoniales exclusivos.





Áudea Seguridad de la Información

Departamento Legal

Iván Ontañón Ramos

http://www.audea.com

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