Cómo actuar ante un fraude onlinemsc hotline sat Thursday, May 28, 2015 1) 2) 3) Si sufres un fraude online, lo primero que debes hacer es recopilar y salvaguardar todas las pruebas del delito antes de que desparezcan INCIDENCIA DEL DELITO DE ESTAFA EN INTERNET El comercio electrónico se ha convertido en los últimos tiempos en el escenario ideal para la comisión de fraudes y estafas online en nuestro país. Según el Estudio sobre la ciberseguridad y confianza de los hogares españoles publicado y elaborado el Observatorio Nacional de Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información (Ontsi) y el Instituto Nacional de Ciberseguridad (Incibe) las principales medidas de seguridad automatizables (aquellas que no requieren para su configuración una conducta activa por parte del usuario) implantadas por los usuarios en sus casas son el software antivirus (81,7%) y sus actualizaciones (80,5%). Continúa dicho Estudio indicando que más del 40% de los usuarios no utiliza medidas de seguridad activas (medidas de prevención que requieren una conducta activa por parte del usuario) y el 54% de los usuarios no utiliza contraseñas para proteger el equipo y documentos en la actualidad, al considerar que no son necesarias. El 54% de los usuarios no utiliza contraseñas para proteger su equipo y documentos, al considerar que no son necesarias. En lo que respecta a las Redes Sociales, más de la mitad (53,1%) de los usuarios las mismas configura su perfil para que solo sea accesible por sus amigos y contactos, el 26,4% expone los datos publicados en su perfil de las redes sociales a terceras personas y/o desconocidos, e incluso un 4,6% de los consultados desconoce el nivel de privacidad de su perfil. Los principales fraudes detectados en Internet tienen como víctimas a los usuarios de a pié, a los ciudadanos que son engañados en compras de productos entre particulares, que responden a ofertas de venta de bienes a bajo precio y en las que los usuarios han de pagar con tarjeta de crédito, y en las que se solicita un pago adelantado, asi como aquellos que responden a ofertas de empleo falsas, método utilizado en el conocido Phishing. CÓMO ESTÁ REGULADO EL DELITO DE ESTAFA EN ESPAÑA En la actualidad, el delito de estafa se encuentra regulado en el código penal en los siguientes términos: Artículo 248.1 CP Artículo 248.2 CP La STS núm. 1033/2007 de 4 diciembre ¦el engaño antecedente o concurrente (verdadero elemento nuclear de este tipo penal); ¦el acto de disposición patrimonial del engañado; ¦el perjuicio patrimonial de éste o de tercera persona; ¦el nexo causal que vincula el engaño, el error, el acto de disposición y el perjuicio; y, ¦el ánimo de lucro o propósito de enriquecimiento injusto del agente, que constituye el elemento subjetivo del injusto. Se considera mayoritariamente por la doctrina que el bien jurídico protegido por este delito es el patrimonio del sujeto pasivo (el patrimonio en su conjunto, según unos autores, y cualquiera de los elementos que lo integran, según otros). La importancia del elemento subjetivo del injusto se desprende claramente de la misma descripción legal de esta figura penal. En cuanto al engaño, ya hemos puesto de relieve que constituye el elemento más característico de este delito, y va referido al sujeto activo del delito (que es el que se sirve de la maquinación, el ardid, la falacia o la mendacidad para viciar la voluntad del sujeto pasivo, provocándole el error determinante de la disposición patrimonial causante del perjuicio patrimonial, bien en la persona del engañado bien en una tercera persona). Por lo demás, existirá perjuicio cuando con el acto dispositivo el sujeto pasivo no obtiene el equivalente debido, de modo que no percibe nada o el valor de lo que le entrega el sujeto activo es menor de lo que, sin mediar el engaño, hubiera debido recibir como contraprestación”. La Ley Orgánica 1/2015, de 30 de marzo Así mismo, se modifica el artículo 249 CP Con la reforma del Código Penal desaparecerá la falta de estafa, para convertirse en un delito atenuado. Las modificaciones de la Ley Orgánica 1/2015, de 30 de marzo Ver información original al respecto en Fuente: https://blog.kaspersky.es/como-actuar-ante-un-fraude-online/6089/ |
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